martes, 29 de mayo de 2012

La impunidad de Dívar / Carlos Jiménez Villarejo *

Finalmente, el Fiscal General del Estado (FGE), a través de un  cargo interpuesto, ha acordado que el Presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, no ha cometido delito alguno y, por tanto, no ha malversado fondos públicos. Habrá pensado que, total para 20 viajes y 12.996 euros, no es para tanto. 

El primer dato sorprendente y reprobable es que no ha practicado ninguna investigación. Reconoce, con cierta desfachatez, que lo acordado “no dejará de generar alguna  duda”. Pues sí, muchas dudas, todas. Porque  se ha limitado a requerir cierta documentación  a diversos cargos del organismo que preside, el Jefe de Gabinete, el Secretario del Consejo y la  Interventora Delegada, todos dependientes, en mayor o menor grado, de Dívar , lo que priva a la investigación de toda credibilidad. Ya sorprende que una institución, el CGPJ,  que dirige a quienes, como los jueces, tienen la función de investigar delitos, funcione con una falta de rigor y transparencia interna tan grave.

 Y con una financiación tan oscura, pues en el Acuerdo del FGE se hace referencia a pagos a  Dívar por “entidades patrocinadoras” que no se precisan. ¿Cuáles eran y qué relación tienen con Dívar o con otros cargos judiciales?. Y en cuanto a los gastos derivados de “atenciones protocolarias” “no se exige la identificación de las personas objeto de las mismas”. Como tampoco es necesario acreditar por el Presidente “el motivo concreto de la actividad que provoca el desplazamiento” aunque genere gastos públicos que soportan los contribuyentes.

La pregunta es inevitable. ¿Porqué no se ha practicado una investigación?. ¿Por qué no se ha llamado a declarar como imputado, sí, como imputado, al Sr. Dívar para que justifique y dé las explicaciones oportunas sobre todos y cada uno de los viajes, la actividad oficial desarrollada en los hoteles y restaurantes de lujo, sus acompañantes y las personas beneficiadas por las atenciones protocolarias?. ¿Porqué no han sido requeridos los hoteles y restaurantes para que aporten las facturas de los servicios prestados a Dívar? ¿Porqué no han sido requeridas Renfe y las compañías aéreas para que justifiquen los desplazamientos de Dívar y su séquito?. Como, igualmente, era y es indispensable la acreditación de las “entidades patrocinadoras” que han financiado sus viajes y el desembolso efectuado a favor del Presidente.

Prácticamente, está todo por investigar y la falta de experiencia investigadora del Fiscal General no puede justificarlo. Está en juego la honradez del Presidente de una Institución fundamental del Estado y, consecuentemente, de la propia Institución. Porque, el Sr. Dívar y los Consejeros deben saber que con el Decreto del FGE no han concluido las dudas y las preguntas y, en definitiva, la interpelación pública, sobre todo en un momento tan delicado para la economía de millones de españoles, sobre cómo ha dispuesto de los fondos públicos quien tiene la estricta obligación de ser mas transparente y honrado que nadie. Porque, no en vano, representa a toda la magistratura de este país.

(*) Ex fiscal-jefe  Anticorrupción
_______________________
Comunicado de la Unión Progresista de Fiscales

La UNIÓN PROGRESISTA DE FISCALES, en relación con la denuncia presentada por un vocal del CGPJ contra el presidente de dicho órgano y ante el archivo de la misma acordado por la Fiscalía del Tribunal Supremo, manifiesta su preocupación y alarma por las razones siguientes:
1ª) El Decreto de archivo refleja bien a las claras que los hechos denunciados, objetivamente merecedores de investigación, no han sido en absoluto investigados, habiéndose limitado las diligencias practicadas por la Fiscalía a recabar documentación fragmentaria e incompleta, para acudir después a valoraciones confusas de los hechos (como esa suerte de equiparación entre la no exigencia de indicación del motivo de un viaje y la naturaleza del motivo mismo), así como a interpretaciones excesivamente formalistas, incompletas y apresuradas del Código Penal (obviando los elementos del art. 433 CP, por ejemplo).
2ª) Con independencia de la relevancia penal que los hechos, si fueran debidamente investigados, pudieran o no tener finalmente, el Decreto de archivo refleja y confirma que el CGPJ funciona en un régimen de secretismo, relajación presupuestaria y ausencia del mínimo control interventor que resultan inaceptables en una administración pública democrática. Valga como ejemplo el escandaloso rechazo en reciente sesión plenaria de la propuesta del vocal denunciante para que se consigne en la justificación del gasto la concreta actividad relacionada con el cargo y las funciones motivadoras de los desplazamientos, evitando así que se endosen al presupuesto del CGPJ público gastos de naturaleza privada –en cuanto ajenos a las necesidades estrictamente derivadas de la prestación de sus servicios oficiales- sin que ello se detecte y corrija.
3ª) Se consolida, pues, la escandalosa sospecha de que la práctica del CGPJ se aleja de los elementales principios de transparencia, austeridad y contención en el gasto que deben presidir siempre la actuación de todos los servidores públicos y máxime la de quienes, como el Sr. Divar, encarnan las más altas instituciones del Estado, de cuyo prestigio y ejemplaridad son responsables.  El Sr. Divar fue nombrado Presidente del CGPJ a propuesta del Pleno de este órgano en un ejercicio independiente de su responsabilidad por los vocales que lo integran, por lo que son ellos quienes, en el ejercicio igualmente independiente de su responsabilidad, vienen obligados a reparar en la medida de lo posible el daño institucional ya consumado.
Palma de Mallorca, a 23 de mayo de 2.012.

No hay comentarios: